En el marco de la implementación del Sistema de Compensación de Emisiones del Impuesto Verde, el Ministerio del Medio Ambiente avanzó en dos importantes hitos para el funcionamiento de este innovador instrumento de gestión ambiental.
El sistema que operará a través de certificados provenientes de proyectos de reducción o absorción de emisiones, fue uno de los grandes hitos en materia medio ambiental que ha impulsado el ministerio. Un Sistema que la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, asegura “abre la posibilidad para que los contribuyentes compensen emisiones de fuentes fijas gravadas con el impuesto verde mediante la presentación de certificados de reducción de emisiones del mismo contaminante. Esto permitirá movilizar recursos desde quienes contaminan hacia la carbono neutralidad y la mejora en la calidad del aire”.
En este sentido, es que el SCE avanza a paso firme en su implementación, a través de la habilitación de su plataforma y también -debido a la publicación en el Diario Oficial- de la resolución exenta que reconoce Programas de Certificación Externos.
Resolución Exenta que reconoce Programas de Certificación Externos
La Resolución Exenta N° 1420/2023 del MMA, reconoce Programas de Certificación Externos, incluyendo a sus entidades verificadoras y valida de oficio sus metodologías. De este modo, se aceptan de forma parcial los programas Mecanismo de Desarrollo Limpio de las Naciones Unidas, Verified Carbon Standard de Verra y Gold Standard for the Global Goals de Gold Standard Foundation. Los proyectos que podrán ser homologados son aquellos que cuenten con certificados emitidos a la fecha de publicación del Reglamento (DS N° 4/2023 del MMA).
Para los proyectos que no cuenten con certificados emitidos, se especifica que en aquellos de generación eléctrica conectados al Sistema Eléctrico Nacional solo podrán considerarse sus reducciones como adicionales si su tecnología representa una fracción igual o menor al 5% de la capacidad instalada bruta en el Sistema Eléctrico Nacional. Esta última disposición se traduce en que no podrán certificarse reducciones aún no ejecutadas provenientes de generación eléctrica de centrales a carbón, gas natural o petróleo diésel; hidráulicas de embalse y de pasada; eólicas y solares fotovoltaicas.
En el caso de las metodologías y entidades verificadoras, se validan y reconocen, respectivamente, todas las que sean parte de los Programas de Certificación Externos antes mencionados.
Plataforma que simplifica el proceso de compensación de emisiones
El segundo gran hito es la habilitación de la plataforma para la presentación de proyectos y solicitudes de certificación. Esta solución permitirá gestionar los proyectos participantes en el Sistema de Compensación de Emisiones, simplificando el acceso a través de la Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).
Todos los titulares de proyectos de compensación pueden ingresar a esta plataforma a través de la Ventanilla Única. Allí podrán encontrar el módulo del Sistema de Compensaciones, diseñado de forma intuitiva para facilitar la carga de información relevante sobre los proyectos y promover una gestión eficiente y transparente.
Ante dudas o consultas sobre la plataforma y su funcionamiento, quienes estén interesados pueden escribir al correo compensaciones@mma.gob.cl.
Con estos dos grandes avances, los titulares de proyectos de reducción de emisiones que cumplan las condiciones establecidas en el Reglamento ya pueden ingresar sus solicitudes de homologación de proyectos para ser parte del primer sistema de compensación de emisiones del país.