Principios del Sistema

Principios del SCE

El Sistema de Compensación de Emisiones se rige por un conjunto de principios orientados a asegurar que las compensaciones realizadas en el marco del Impuesto Verde generen beneficios ambientales reales, verificables y consistentes con los objetivos de la política pública en materia de calidad del aire.

Adicionalidad
Las reducciones de emisiones utilizadas como compensación deben ser adicionales, es decir, derivar de acciones que no habrían ocurrido en ausencia del sistema o de su incentivo económico. Esto asegura que las compensaciones representen mejoras ambientales efectivas y no resultados de medidas ya obligatorias o previamente implementadas.

Para proyectos provenientes de Programas de Certificación Externos reconocidos, estarán excluidos los proyectos de generación de energía eléctrica renovable que reúnan conjuntamente las siguientes características:

  1. No dispongan de certificados de reducción de emisiones emitidos a más tardar al 29 de septiembre de 2023, que den cuenta de reducciones de emisiones atribuibles a los años 2020, 2021, 2022 o 2023.
  2. Contemplen el uso de tecnologías que representen una fracción mayor al 5% de la capacidad instalada del Sistema Eléctrico Nacional.

Esta exclusión no será aplicable a los proyectos de generación de energía eléctrica renovable que:

  1. Se destinen a autoconsumo, con o sin inyección a la red.
  2. Se encuentren conectados a un sistema eléctrico con una capacidad menor a 1.500 kilowatts (kW).
  3. Se encuentren conectados a un sistema eléctrico con una capacidad instalada de generación menor a 200 megawatts (MW), y cuya potencia neta sea menor o igual a 50 megawatts (MW).
  4. Estén vinculados a sistemas de almacenamiento de energía eléctrica (híbridos), y cuya potencia neta sea menor o igual a 15 megawatts (MW).
  5. Correspondan a medios de generación conectados a instalaciones del Sistema Eléctrico Nacional con excedentes de potencia menores o iguales a 9.000 kilowatts (kW).

Medición, Reporte y Verificación
Todas las reducciones deben ser cuantificables y estar sujetas a procesos de monitoreo, reporte y verificación (MRV) por entidades independientes. Este principio garantiza la solidez técnica de la información utilizada en el sistema.

Permanencia
Las reducciones de emisiones deben mantenerse en el tiempo según la naturaleza del proyecto. El sistema considera mecanismos para abordar riesgos de reversión, resguardando que los beneficios ambientales generados no se pierdan posteriormente.

No doble contabilización
Cada reducción de emisiones puede ser utilizada una sola vez para efectos de compensación. Este principio evita que una misma disminución sea atribuida simultáneamente a distintos actores o instrumentos.

Considerar que son inadmisibles para efectos de compensar emisiones de proyectos que impliquen reducciones de emisiones en fuentes emisoras gravadas con el propio Impuesto.

Integridad Ambiental
Las acciones de compensación deben contribuir al objetivo ambiental del sistema sin generar impactos negativos adicionales ni trasladar emisiones a otros territorios.