El Sistema de Compensación de Emisiones (SCE) es un sistema complementario al Impuesto Verde creado al amparo de la Ley N° 21.210 y reglamentado por el D.S. N° 4/2023 del Ministerio del Medio Ambiente.
Permite a los establecimientos con fuentes fijas gravadas por el Impuesto Verde reducir o neutralizar su carga tributaria mediante la presentación de Certificados de Reducción de Emisiones (CRE).
Estos certificados son generados por proyectos nacionales independientes que efectivamente reducen o capturan emisiones atmosféricas locales o globales.
Impuesto Verde
El Impuesto Verde se establece en virtud del Artículo 8 de la Ley N° 20.780, como un tributo anual que grava las emisiones al aire de dióxido de carbono (CO₂), un gas de efecto invernadero con un impacto global en el cambio climático, así como de tres contaminantes locales: material particulado (MP), óxidos de nitrógeno (NOx) y dióxido de azufre (SO₂).
Este impuesto se aplica a los establecimientos cuyas fuentes emisoras emitan 100 o más toneladas anuales de MP, o 25.000 o más toneladas anuales de CO₂.
US$ 5 / tonelada
MP · SO₂ · NOx
La tasa considera la calidad del aire, población comunal y estimación del daño per cápita sobre la salud.
Para las emisiones de MP, SO₂ y NOx, la tasa depende de la calidad del aire en la comuna donde se emite el contaminante, la población de dicha comuna y una estimación del daño per cápita del contaminante sobre la salud. Esto busca que el monto a pagar refleje el daño generado por las emisiones a nivel local.
El Impuesto Verde a las fuentes fijas desincentiva las emisiones de CO₂, causantes del cambio climático, y también las emisiones de contaminantes locales que afectan la salud de las personas.
Sistema de Compensación de Emisiones (SCE) del Impuesto Verde
El SCE permite a los establecimientos afectos al Impuesto Verde compensar total o parcialmente sus emisiones mediante certificados de reducción o absorción.
Generados a través de proyectos nacionales, tales como eficiencia energética, gestión de residuos o restauración de ecosistemas, estos certificados son verificados por entidades independientes reconocidas por el Ministerio del Medio Ambiente y la Superintendencia del Medio Ambiente.
De esta forma, el SCE impulsa el cumplimiento ambiental y articula el desarrollo sostenible con los compromisos de calidad del aire y cambio climático del país.
Principios del Sistema
El Sistema de Compensación de Emisiones (SCE) se rige por un conjunto de principios clave para asegurar que los proyectos implementados en el marco del Impuesto Verde generen beneficios ambientales reales, adicionales, cuantificables y medibles en el tiempo, en consonancia con las políticas públicas de calidad del aire y cambio climático en Chile.
01 | Adicionalidad
Las reducciones de emisiones utilizadas como compensación deben ser adicionales; es decir, derivar de proyectos o acciones que no habrían ocurrido sin el incentivo económico del Sistema de Compensación de Emisiones. Esto garantiza que cada certificado represente un impacto ambiental real y efectivo, excluyendo medidas previamente implementadas o exigidas por cumplimiento normativo.
02 | Medición, Reporte y Verificación
Todas las reducciones de emisiones deben ser cuantificables mediante metodologías robustas y someterse a procesos rigurosos de monitoreo, reporte y verificación (MRV) por parte de auditores independientes. Este principio asegura la transparencia, trazabilidad y máxima solidez técnica de la información integrada al sistema.
03 | Permanencia
Las reducciones o absorciones de emisiones deben sostenerse en el tiempo según la naturaleza de cada proyecto. El sistema contempla mecanismos y salvaguardas para gestionar y prevenir los riesgos de reversión, garantizando que los beneficios ambientales generados perduren y no se pierdan posteriormente.
04 | No Doble Contabilización
Cada reducción de emisiones puede ser contabilizada y utilizada una sola vez para efectos de compensación. Esto evita que una misma disminución sea atribuida simultáneamente a distintos actores, proyectos o instrumentos. Asimismo, quedan excluidas las reducciones provenientes de fuentes emisoras gravadas que ya estén sujetas al cumplimiento del mismo impuesto.
05 | Integridad Ambiental
Las acciones de compensación deben contribuir efectivamente a los objetivos ambientales del sistema, asegurando la aplicación de salvaguardas que impidan la generación de impactos negativos adicionales sobre el medio ambiente o la salud, así como el traslado o desplazamiento de emisiones a otros territorios (fugas).
El SCE en cifras
16
09
2023 - 2025
El SCE durante este período se ha consolidado como un instrumento efectivo para canalizar inversión hacia proyectos de acción climática y ofrecer flexibilidad de cumplimiento a los contribuyentes afectos al Impuesto Verde.
Evolución del SCE
| Año | Proyectos homologados | Toneladas de CO₂e reducidas |
|---|---|---|
| 2023 | 8 proyectos | 260.000 t CO₂e |
| 2024 | 10 proyectos | 4.450.000 t CO₂e |
| 2025 | 9 proyectos | 1.670.000 t CO₂e |